VISAS BASADAS EN EMPLEO

VISAS DE INVERSIONISTA

El sistema de inmigración de los Estados Unidos ofrece un medio para que las personas y empresas extranjeras de los países que cumplen los requisitos y que mantienen un tratado con los Estados Unidos sean admitidas para realizar intercambios comerciales o invertir en una empresa estadounidense. Esto se hace a través del visado de comerciante por tratado E-1 o del visado de inversor por tratado E-2. Vea también nuestra página dedicada a la renovación de la tarjeta verde

El visado E-1 para comerciantes por tratado permite a alguien entrar en EE.UU. para llevar a cabo un comercio «sustancial». Este comercio debe producirse principalmente entre Estados Unidos y el país de origen del titular del visado E-1. El titular del visado E-1, su cónyuge y sus hijos menores de edad sólo pueden permanecer en Estados Unidos mientras la empresa comercial esté activa. Una vez que la empresa comercial del titular del visado E-1 haya finalizado en EE.UU., deberá abandonar el país.

Además de ser de un país con tratado, el solicitante de un visado de inversor E-2 debe cumplir requisitos adicionales. El solicitante del visado E-2 debe invertir una cantidad sustancial de capital en una empresa en funcionamiento en los Estados Unidos, suficiente para garantizar que el solicitante se comprometa financieramente con el éxito del negocio. La inversión tampoco debe ser «marginal», lo que significa que la inversión debe producir ingresos que mantengan algo más que el solicitante y su familia en los EE.UU. El solicitante del visado E-2 debe desempeñar un papel clave en el éxito de la empresa al tener al menos un 50% de participación en la misma o como empleado esencial en una capacidad de supervisión, ejecutiva o altamente especializada. El visado E-2 tiene una estancia permitida limitada a dos años y, al igual que el visado E-1, el inversor E-2 puede traer consigo a su cónyuge e hijos menores de edad. Una vez que el inversor concluye su negocio en EE.UU., debe abandonar el país.

VISAS TN

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) prevé la creación de la clasificación de no inmigrante TN, que permite a los ciudadanos canadienses y mexicanos cualificados solicitar la entrada temporal en Estados Unidos para realizar actividades empresariales a nivel profesional. El Código de Regulaciones Federales de los Estados Unidos contiene una lista con profesiones específicas que califican para una visa TN. Si su profesión está en esta lista, usted puede ser elegible para el estatus de no inmigrante TN, si además es:

  • Es ciudadano de Canadá o México;
  • El puesto de trabajo en Estados Unidos requiere un profesional TN;
  • Tiene un trabajo preestablecido a tiempo completo o parcial con un empleador estadounidense; y
  • Tiene las cualificaciones necesarias para ejercer la profesión en cuestión.
  • Los beneficiarios del visado TN pueden trabajar y permanecer en EE.UU. durante un periodo de hasta 3 años y también pueden traer a sus cónyuges e hijos menores a EE.UU. como beneficiarios derivados de su visado.

Vea también estos visados basados en el empleo:

Visado P

Visado O1

Visado H 1B

Visado L1

El proceso de visado de trabajo puede ser confuso y los consulados son muy estrictos en cuanto al contenido de las solicitudes y la forma de presentarlas. Los servicios de inmigración adecuados cerca de mí pueden hacer que el proceso sea más manejable que intentar el proceso por su cuenta. Véase también Renovación de la tarjeta verde.